PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS Y SOCIALES INTRODUCIDAS POR LA LEY 6/2018, DE 3 DE JULIO, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2018
El Boletín del Estado de 4 julio, publica la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
NOVEDADES PRESUPUESTO 2018.
Esta ley introduce varias novedades en materia social-laboral y fiscal-tributario:
-Las retribuciones en el sector público suben 1,75%
en consonancia con el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo 2018-2020. Las retribuciones del personal del sector público se incrementan en 1,5%, al que hay que sumar otro 0,25% si el incremento del PIB en 2017 alcanza o supera el 3,1%.
-La tasa de reposición de las Administraciones Públicas es del 100%.
Igualmente, en consonancia con el referido acuerdo Gobierno-sindicatos, se establece una tasa de reposición de efectivos del 100%, con limitaciones para aquellas administraciones Públicas que no cumplan los objetivos de estabilidad presupuestaria. Algo que en este Ayuntamiento no ocurre, según manifestaciones del equipo de gobierno.
Y del 115% para Policías Locales. - --
-Incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad.
El porcentaje de la base de cotización de las pensiones de viudedad para pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública pasa del 52% al 56%. Este incremento alcanzará el 1,6% el 1 de enero de 2019.
-el tipo de interés legal del dinero queda establecido en el 3%, y el de demora en el 3,75%.-Se mantiene la cuantía del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) ayudas y excepciones en las rentas, es decir, 17,93€/día, 537,84 euros/mes y 6.454,03 euros/año.
- Se regula una ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con menor formación que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje. Esta asciende a la 80% del IPREM y tiene la duración del contrato hasta un máximo de 18 meses, ampliable a 36 meses para personas con discapacidad.
Se reconoce una bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes, de 250 euros mensuales o 300 euros/año durante un periodo de 3 años.
-Se mantiene la bonificación del 50% de la cotización empresarial en caso de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, o enfermedad profesional.
- Se crea la Tarjeta Social Universal.
Servirá para mejorar y coordinar las políticas de protección social de las diferentes administraciones públicas, a cuyo fin incluirá la información actualizada correspondiente a todas las prestaciones sociales de contenido económico, financiadas con cargo a recursos públicos, y los datos identificativos de sus titulares, los beneficiarios, conyugues y otros miembros de las unidades familiares, y los importes y clases de las prestaciones abonadas y a la fecha de efectos de su concesión o reconocimiento. El jueves 20 de septiembre el BOE publica resolución al respecto.
-Se reconoce un subsidio extraordinario por desempleo (disp. final 40ª), se añaden las disp. adic. 27ª y disp. tras. 30ª a la LGSS que regulan este subsidio tras agotar los programas Prepara y PAE.
-Rebaja del IRPF.
Se modifica el art. 96.3 LIRPF, subiendo el umbral de la tributación de 12.000 a 14.000 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros de trabajo.
-Se incrementa la reducción del trabajo. (Declaraciones de la renta)
-La deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación se eleva del 20% al ·0%.
-Se incrementa la deducción por maternidad en 1.000 euros.
Con efectos desde el 1 de enero de 2018, aumenta la cuantía de deducción por familia numerosa en 600 euros.
-Impuesto sobre el Patrimonio, se prorroga durante el año 2018.
-Se amplía el permiso por paternidad a 5 semanas.
Por tanto, se amplía una semana más de las cuatro vigentes, que son ininterrumpidas, si bien esa quinta semana podrá disfrutarse en otro momento dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento, previo acuerdo con el empresario.
El personal de la administración Pública se ve
beneficiado de esta ampliación del permiso de paternidad con la modificación
del art. 49.c de EBEP.
En estos dias se ha llevado a cabo una ampliación del permiso de paternidad para los funcionarios de admon del estado.
NO OBSTANTE, PARA MAS INFORMACIÓN DIRIGIRSE DIRECTAMENTE AL CORREO DEL SINDICATO XTI-SI.
